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¿Qué pasó con la inminente deportación de los hermanos Isaías?

  • mh
    8 de abril de 2019

Por: Redacción MilHojas
El Ecuador recibió la noticia de que el Servicio de Inmigración de Estados Unidos había detenido a los hermanos Roberto y William Isaías el 13 de febrero de este año. La versión oficial del abogado de los detenidos, Jorge Zavala Egas, fue que se trataba de un asunto de rutina que se resolvería pronto. Pocos días después, cuando el país se caldeaba a partir de la noticia publicada el 19 de febrero en el portal Somos La Fuente sobre empresas Offshore que involucraban al entorno del Presidente Lenín Moreno, las complicaciones migratorias de los hermanos Isaías en Estados Unidos parecían servir para cambiar la agenda de debate nacional. No era la primera vez que la saga Isaías cumplía con esa función.
De pronto parecía un hecho su deportación y retorno inmediato al Ecuador. El 22 de febrero la Secretaría General de Comunicación de la Presidencia emitió un comunicado oficial indicando que “tras la detención de Roberto y William Isaías por parte de las autoridades de migración de los EEUU, Ecuador ha cumplido con el pedido de dichas autoridades y ha emitido los pasaportes provisionales con miras a su eventual deportación.” 
El comunicado además daba cuenta de los antecedentes del caso y del destino de los hermanos Isaías al llegar a Ecuador “Sobre los hermanos Isaías existe un pedido de extradición de la justicia ecuatoriana. En el país, pesa sobre ellos una sentencia de ocho años de privación de libertad por el delito de peculado bancario, por lo tanto, a su llegada al territorio nacional, el gobierno ejecutará la orden de detención que ha emitido la administración de justicia. El Gobierno Nacional actúa en el marco de sus competencias y espera que la justicia y las autoridades competentes actúen bajo estricto derecho.” La Ministra de Interior recordó al país que sobre los hermanos pesaba un pedido de extradición por parte de la justicia ecuatoriana pero que sobre el proceso no le correspondía en ese momento actuar al gobierno ecuatoriano. Ambas declaraciones hacían referencia al proceso de extradición solicitado durante el gobierno de Correa, pero lo que se ventilaba en ese momento era la posible deportación. 
Después de la tormenta vino el silencio. Tras varias semanas se hizo evidente que los hermanos Isaías no iban a ser deportados en el corto plazo al Ecuador. Breves notas en la prensa dieron cuenta de su liberación del centro de detención de migración y de que su proceso había pasado al ámbito judicial en Estados Unidos. Ningún funcionario del ejecutivo o de la procuraduría emitió un pronunciamiento oficial al respecto.
Los hermanos Isaías viven en Estados Unidos desde el año 2000
¿Qué pasó entonces con la “inminente” deportación de los hermanos Isaías?
Roberto y William Isaías fueron detenidos durante un mes en Miami -Estados Unidos- en el marco de un proceso migratorio de deportación. Los hermanos Isaías, ex dueños de FILANBANCO, recuperaron su libertad bajo fianza a mediados de marzo cuando proceso de deportación pasó del ámbito administrativo del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos (ICE) que actúa inmediatamente, a la función judicial desde el 27 de marzo.
Esto sucedió porque la jueza de migración María López aceptó el fallo de Kathleen M. Williams del Tribunal de Distrito Sur de la Florida.  Williams concedió la petición de Hábeas Corpus presentada por los hermanos Roberto, de 74 años, y William, de 75 años, en contra del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de  Estados Unidos (ICE), que era la entidad que los mantenía bajo su custodia.
El argumento original de las autoridades migratorias estadounidense era que ambos ex directivos del quebrado Filanbanco estaban sujetos a una "remoción expedita" (INA236), por la supuesta comisión de ‘delitos graves´ en el marco de la nueva política migratoria de Donald Trump.
El ICE se refería con “comisión de delitos graves” a la sentencia de 8 años de prisión dictada en 2012 por la Corte Nacional de Justicia de Ecuador, en contra de ellos por peculado. El estatuto migratorio estadounidense en su sección 238 establece entre las causales de revocatoria de visa la de tener una sentencia definitiva por el delito de fraude, que haya causado un perjuicio superior a $ 10.000.
La defensa de los Isaías alegó que la detención de sus clientes realizado por agentes del ICE, del 13 de febrero y al 15 de marzo pasados, fue ilegal. También señaló que había riesgo de que los hermanos Isaías sean trasladados a Ecuador sin que se les haya dado la opción a fianza y audiencia judicial.
En la audiencia del 8 de marzo, (caso número 19-20814-CV-KMW) la jueza Williams expuso que la detención realizada por el ICE fue una violación a la ley. Señaló que los hermanos Isaías no habían cometido, ni habían sido condenados por un delito agravado (aggravated felony) que implique que deban estar bajo custodia.
Siguiendo esa línea de que no hubo base legal para detenerlos ordenó su liberación inmediata  de las instalaciones de detención migratoria donde estaban detenidos y dispuso la celebración de una audiencia para considerar fianza, la que tuvo lugar el 15 de marzo de 2019.  Esto no significa que los hermanos Isaías vuelvan a su status previo a la detención por parte de las autoridades migratorias, pues en ese momento tenían visa de inversionistas, sino que ahora van a litigar en libertad en el sistema judicial su status migratorio y la posibilidad de permanecer en Estados Unidos.
Filanbanco cerró sus puertas el 18 de julio de 2001 y entró en proceso de liquidación desde el 30 de julio del 2002
La jueza Williams basó este fallo en la conclusión a la que años atrás había llegado el Departamento de Estado de EEUU cuando el gobierno de Rafael Correa solicitó la extradición de los Isaías. En ese entonces el Departamento de Estado contestó al requerimiento de las autoridades ecuatorianas que no existía evidencia (causa probable) de delito grave por parte de los hermanos Roberto y William Isaías.
A su vez, el Departamento de Estado fundamentó sus conclusiones en que las sentencias emitidas en Ecuador, durante el régimen de Correa, violaban los estándares del debido proceso y, por lo tanto, no aceptaban la acusación de que eran responsables de "delitos graves". Entre sus argumentos: los acusados fueron juzgados en ausencia, pues han vivido y trabajado legalmente en Miami, desde el año 2000.
Al pronunciamiento del Departamento de Estado se suma el del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas que en 2016 determinó que en el juicio a los hermanos Isaías el Ecuador "violó el debido proceso y los derechos humanos para ser juzgados por un tribunal independiente (fundamentaban esto en el hecho de que la judicatura controlada por Rafael Correa destituyó sucesivamente a 23 jueces hasta que se emitió una sentencia condenatoria).

Aunque esta vez el proceso de deportación de los Isaías se dio a partir del cambio de política migratoria en Estados Unidos por el cual los antecedentes penales pueden ser motivo de deportación, el equipo legal contratado en Estados Unidos por el Estado ecuatoriano para el tema Isaías, volvió a intervenir, sin éxito.  La argumentación judicial en síntesis fue que si esa condena no había sido considerada como razón suficiente por el Departamento de Estado para la extradición, tampoco podía ser causal de la deportación. 
Este es el cuarto intento fallido del Ecuador por traer a los hermanos Roberto y William Isaías  al país. Los trámites judiciales ante los tribunales y las cortes de apelación estadounidenses, notas diplomáticas de ida y vuelta entre los Gobiernos de Ecuador y Estados Unidos y los anuncios de personeros del Ejecutivo nacional, solo han desembocado en negativas a los pedidos de extradición y ahora a la deportación de los ex banqueros por parte de los órganos de justicia norteamericana.
Una historia de litigios e intentos de extradición
El Estado ecuatoriano ha llevado a cabo varias acciones en contra los hermanos Isaías en Estados Unidos. En primer lugar, un juicio civil iniciado por la AGD y continuado luego por la Procuraduría General del Estado en el Tribunal Undécimo del Circuito Judicial en el Condado de Miami, signado con el número de caso 09-34950CA09.  En segundo lugar reiteradas solicitudes de extradición ante las autoridades estadounidenses con fundamento de la sentencia de la justicia ecuatoriana en su contra del año 2012.
El litigio del condado de Miami inició con Carlos Bravo Macías, quien actuó como gerente general de la Agencia de Garantía de Depósitos (AGD) desde el 4 de julio de 2008 hasta el 9 de julio de 2009 y fue el ejecutor de la decisión del ex presidente Rafael Correa, de incautar los bienes y empresas de propiedad de los hermanos Isaías Dassum. Incautación cuestionada por el Comité de Derechos Humanos de la ONU.
Antes de ejercer este cargo, Bravo fue el abogado defensor de Juan Falconí Puig en procesos judiciales que mantuvo con William y Roberto Isaías. Cuando Falconí Puig fue superintendente de Bancos, Bravo fue asesor. En el año 2000, Bravo actuó como abogado del máximo organismo de control financiero en un proceso instaurado por una supuesta sobrevaloración de las obras de arte entregadas por Filanbanco a la AGD.
Bravo también defendió a Falconí en 2001, cuando se lo acusó de falta de acuciosidad y de no haber implementado la vigilancia debida durante la fusión de Filanbanco con La Previsora.
El 29 de abril de 2009, la AGD bajo la administración de Bravo, presentó una demanda en contra de Roberto y William Isaías Dassum, ante la Corte del Circuito Judicial para el Condado de Miami – Dade, en la Florida.
Squire, Sanders & Dempsey LLP fue la oficina de abogados contratada por la AGD para llevar ese proceso. Es la misma que junto a la firma Dechert LLP, asesoró al Estado en el arbitraje internacional que debió enfrentar con la petrolera Oxy. En mayo de 2014, Squire Sanders se fusiona con Patton Boggs, y pasa a llamarse Squire Patton Boggs.

Cuando el Ministerio de Finanzas asumió las competencias, activos y derechos de la AGD (1ro de enero de 2010), la Procuraduría General del Estado tomó a su cargo la procuración legal del caso Isaías y la firma Squire, Sanders & Dempsey LLP siguió patrocinando el proceso.
Tres meses después de la desaparición de la AGD, la Jueza Gill Freeman de la Corte del Circuito de Miami, mediante orden de 10 de marzo de 2010, reconoció que el Estado ecuatoriano sustituía a la AGD en el caso. Tres años después, el 30 de mayo de 2013, el juez John Thornton de la Corte del Undécimo Circuito de Miami concedió un pedido de juicio sumario a favor de los demandados, manifestando que los actos de Estado realizados en Ecuador no eran compatibles con la legislación y políticas norteamericanas, por lo que desechó la demanda.
Las autoridades nacionales apelaron la sentencia de Thornton en julio de 2013 y un año más tarde la Corte de Apelaciones del Tercer Distrito concedió el recurso al Ecuador, señalando que el juez Thorton mal interpretó el alcance de los actos de Estado y que, con la demanda no se intentaba incautar propiedades de los demandados en Miami, sino cobrar los valores pendientes de pago en Ecuador. El proceso volvió a conocimiento del juez Thornton, quien el 15 de octubre de 2015, desechó nuevamente la demanda de Ecuador, ratificándose en su argumento de que el Procurador General del Estado no tenía derecho para suceder a la AGD en el proceso. Según el juez la acción demandada estaba prescrita al haber transcurrido más de diez años desde la transferencia de Filanbanco a la AGD. La Procuraduría cuestionó la decisión indicando que el juez  “violó la Doctrina de los Actos de Estado, cuando declaró la prescripción sin tomar en cuenta que la resolución de la ex-AGD era un acto de Estado”.[1]
En 2012 la Corte Nacional de Justicia de Ecuador dictó una sentencia de 8 años en contra de Roberto y William Isaías por peculado
Ecuador apeló y por segunda ocasión, el 27 de diciembre de 2017, la Corte de Apelaciones del Tercer Distrito del Estado de la Florida revocó la sentencia de John Thornton.
Esta Corte concluyó también que el Ecuador no estaba obligado a probar la responsabilidad de los hermanos Isaías con respecto a las pérdidas sufridas por Filanbanco. El proceso volvió a la Corte de primera instancia para determinar los daños y perjuicios a favor del Estado ecuatoriano y fue conocido por el juez William Thomas. El fallo fue presentado como favorable para la Procuraduría, “Sin embargo, conforme este Tribunal advirtió…, esto no significa que la República tenga derecho a incautar de manera automática los bienes de los Isaías en el Condado de Miami-Dade. Las alegaciones de la República de que los Isaías aún le deben dinero a la República están “sujetas a prueba como en cualquier reclamo por parte de un soberano extranjero contra uno de sus ciudadanos que residen en los Estados Unidos”
En el ámbito de la solicitud de extradición los resultados han sido más adversos para el gobierno ecuatoriano. Las autoridades de turno mediante sucesivas notas diplomáticas han pedido la extradición de Roberto y William Isaías.  Las últimas notas de solicitud de extradición  se fundamentan en la sentencia por peculado dictada en su contra en 2012 y ratificada en 2014.
La primera nota diplomática dirigida por la Embajada del Ecuador en Estados Unidos se envió el 16 de agosto de 2001 (No. 4-2-84-2001) fue complementada el 7 de julio de 2008 (con la No. 80/2008). El 22 de diciembre de 2009 (No. 4-2-171/200) y el 28 de septiembre de 2010  (No.4-2-147/2010) se enviaron dos notas más (la No. 4-2-171/2009) y la No.4-2-147/2010, respectivamente).
Entre noviembre de 2004 y septiembre de 2010 el Gobierno de Estados Unidos insistió en señalar las deficiencias de las solicitudes de extradición de Ecuador mediante cinco notas diplomáticas[2],  en las que señalaba también que se ha dado a las autoridades nacionales explicaciones detalladas de los requerimientos de las leyes estadounidenses y del Tratado de Extradición entre Estados Unidos y Ecuador, “a fin de que se entregue una solicitud de extradición completa en términos legales”.

Funcionarios del Gobierno estadounidense se reunieron en varias ocasiones con autoridades ecuatorianas para discutir los mecanismos que permitan remediar los problemas que contenían los pedidos de extradición.  Estados Unidos enfatizaba en la necesidad de que la evidencia en contra de los hermanos Isaías debía ser suficiente para ser detenidos, una vez que fueron juzgados y sentenciados en ausencia.
El Departamento de Estado anticipó también que de haber una futura solicitud del Ecuador se facilitarían los análisis legales si esta tiene “una narración concisa que resuma los hechos del caso, así como la descripción de los actos criminales (delitos) llevados a cabo por los hermanos Isaías, y la manera en que dichas acciones violaron las leyes ecuatorianas”.
En efecto, casi tres años más tarde, en respuesta a nuevas notas diplomáticas de Ecuador el Departamento de Estado informó al entonces canciller Ricardo Patiño que “los Estados Unidos no está en este momento en capacidad de proceder con el pedido de extradición en contra de Roberto y William Isaías Dassum…”
El 19 de junio de 2013, el Ejecutivo de ese país le dijo a su par ecuatoriano que luego de la revisión de la sentencia de la Corte Nacional de Justicia por parte de los Departamentos de Estado y de Justicia de Estados Unidos, no podía acceder al pedido de extradición en contra de los demandados, pues tal solicitud carece de evidencias de que los ex directivos de Filanbanco participaron deliberadamente en la planificación de la malversación (peculado) ni tampoco de que distrajeron fondos del Banco Central
En esta nota diplomática dirigida a la embajada ecuatoriana, el Departamento de Estado agregó que “si Ecuador pudiera posteriormente entregar evidencia que demuestre de manera suficiente la existencia  de una  "Causa Probable" para el delito por el cual se juzgó a los hermanos  Isaías; así como la descripción somera de los delitos atribuidos y la relación de los hechos, los Departamentos de Estado y de Justicia podrían dar una nueva consideración al pedido”.
En los años desde que el Estado ecuatoriano interpuso la primera demanda en contra de los hermanos Isaías, el fisco ha gastado millones de dólares n servicios de consultoría y asesoría legal.  En una auditoría hecha en 2015 por la Contraloría (DAAC-0263-2015) a los contratos suscritos por la Procuraduría General del Estado con estudios jurídicos y abogados externos se establece que entre honorarios y gastos se pagó a Squire, Sanders & Dempsey 6’447.752,47, pero en tal informe no se detallan las causas que fueron patrocinadas por esta firma.
Del análisis realizado por Mil Hojas tan sólo en los años 2012 y 2013 la Procuraduría pagó a la firma americana Squire, Sanders & Dempsey LLP alrededor de US$4 millones de dólares por llevar el caso Isaías como se evidencia en los CUR (Comprobante Único de Registro de Transferencia o Pago) de ejecución de gasto de la Procuraduría Ecuatoriana durante los años 2012 y 2013.  En ese cálculo no se incluyen los costos cuando la AGD era la denunciante ni los costos posteriores.  No hemos podido acceder al CUR sobre contratos de bufets de abogados nacionales e internacionales de los demás años, pero la firma en mención continúa representando a la Procuraduría del Ecuador en este caso.


[2] De fechas 15 de noviembre de 2004, 8 de octubre de 2009, 25 de marzo de 2010, 18 de junio de 2010 y 13 de septiembre de 2010.