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Mes: marzo 2024

Toachi Pilatón: contratista rusa Tyazhmash quiere USD$ 53 millones adicionales y pide pórroga pese a incumplimientos

Desde que se originó el proyecto hidroeléctrico Toachi Pilatón, en 2007, parece inacabable su historia de aplazamientos, incumplimientos de las contratistas y multas impagas.

Con el plazo vencido de su contrato y sin haber terminado la obra, la empresa rusa Tyazhmash reclama el pago de USD$ 53,4 millones adicionales al costo original de su contrato y pretende otra prórroga de 600 días que se sumarían a los 1.715 días que ha demorado el montaje electromecánico de los equipos del proyecto.

Este 28 de marzo termina el período contractual para la instalación de los equipos electromecánicos indispensables en el funcionamiento del Toachi Pilatón por parte de Thyasmash. Sin embargo, hay disputas entre el Estado y la contratista, por las pretensiones de esta última. La empresa rusa ha advertido que ha sido imposible terminar su trabajo en el plazo contractual. Y la Corporación Eléctrica del Ecuador CELEC EP quiere llevar el caso a arbitraje internacional. Mientras la Contraloría General del Estado ha identificado incumplimientos de Tyazhmash por los que debería pagar multas.

El proyecto Toachi Pilatón se ubica en los cantones de Mejía, Sigchos y Alluriquín, de las provincias de Pichincha, Cotopaxi, y Santo Domingo de los Tsáchilas. Fue diseñado para aprovechar las cuencas hidrográficas de los ríos Pilatón y Toachi, y contar con una capacidad de generación de 254,4 MW. Consiste en la construcción de tres centrales hidroeléctricas: Sarapullo, con una capacidad de 48,9 megavatios (MW), Alluriquín, con 204 MW, y la minicentral Toachi, con 1,4 MW.

El complejo hidroeléctrico Toachi Pilatón se ubica en tres provincias: Pichincha, Cotopaxi, y Santo Domingo de los Tsáchilas

Luego de 16 años de iniciadas las obras civiles preliminares y de 14 años de comenzados los trabajos de equipamiento electromecánico, solo una de las centrales hidroeléctricas que integran el complejo Toachi Pilatón está en operación comercial desde marzo de 2023. Es Sarapullo, que desde entonces ha generado casi 169 MWh para el Sistema Nacional Interconectado.  Pero el costo de todo el proyecto (obra civil y equipamiento) bordea ya los USD$900 millones, cuando el costo referencial al inicio fue de $370 millones.

Desde su origen, se concibió a la ejecución de este proyecto dividida en dos contratos: uno para la construcción de la obra civil; y otro para suministro y montaje electro e hidromecánico. Pero este esquema se ha convertido en uno de los mayores problemas para el avance de la obra.

La segunda parte del proyecto, es decir el equipamiento de la obra estuvo siempre en manos rusas. El 25 de octubre de 2010, ante el encargado de asuntos consulares del Ecuador en Moscú con funciones de Notario Público, Edy Montalván Carrión, firmaron el contrato para las obras de suministro y montaje electro e hidromecánicas: la extinta empresa pública HIDROTOAPI y la Sociedad Anónima Abierta INTER RAO UES, compañía rusa que se constituyó en el país para ejecutar el mencionado trabajo. El valor del contrato fue de USD$ 144´998.830, con un plazo de 44 meses, que concluía el 21 de mayo de 2015.

Pero la Corporación Eléctrica del Ecuador CELEC EP terminó el contrato de forma anticipada y unilateral (con Resolución CELEC-EP-GGE-0021-17) el 22 de marzo de 2017, argumentando que hubo incumplimientos en los plazos.

Con un avance físico del 85% se le pagó a esta contratista USD$123´751.924,92.

La Contraloría General del Estado destacó que tras este pago quedó un margen económico de USD$ 21´246.905,08 para finalizar el montaje electromecánico, que correspondía al 14,80% restante del proyecto.

Pero a lo largo de casi dos años, el presupuesto para completar los trabajos aumentó en USD$ 54´553.085,29. Es decir, pese a que lo pendiente representa solo la sexta parte del proyecto, el presupuesto tuvo un incremento del 78%, luego de las modificaciones de las ofertas planteadas por la empresa rusa Tyazhmash y de las demoras de las autoridades que subieron el presupuesto referencial por dos ocasiones.

El subgerente de proyecto de Hidrotoapi remitió al gerente de esta Unidad de Negocio, 2 informes técnicos para el reinicio del contrato electromecánico e hidromecánico del proyecto Toachi Pilatón. El primero (de 27 de julio de 2017) fijó el monto referencial de USD $ 69´885 726, mientras el segundo (de 20 de noviembre de 2017) pasó a USD $ 75´373.174. El argumento para esta variación fue que se incluyeron el suministro y montaje de telecomunicaciones y video vigilancia.

Pero meses antes (27de abril de 2017), la compañía Tyazhmash S.A. señaló al ministro de Electricidad y Energía Renovable, que el valor de la contratación para ejecutar el equipamiento electro e hidromecánico sería de USD $ 83´330.000 en el que se consideraron rubros de suministro, montaje y la recuperación de la turbina generador y demás equipos en las bodegas de Alluriquín. Como se puede ver Tyazhmash emitió su oferta de forma previa a que Hidrotoapi fije el presupuesto referencial. Es que ya el 5 de abril de 2017 CELEC había notificado a la compañía rusa su interés de concluir la obra con esta.

No obstante, las cosas siguieron dilatándose hasta que el 26 de enero del 2018 Tyazhmash comunicó al gerente general de CELEC EP, que su oferta incrementó a USD $112´080.000. Los argumentos de Tyazhmash para esa subida fueron: el tiempo transcurrido y los gastos incurridos por esta empresa rusa, como: «suministro e implementación de sistema de telecomunicaciones, prórroga de plazo de vigencia de garantías técnicas por el período adicional de 1 a 5 años, mantenimiento preliminar de los equipos electromecánicos entregados anteriormente y gastos adicionales desde mayo de 2017.

Lo extraño es que esta compañía aún no tenía un contrato firmado con CELEC EP y ya mencionaba gastos incurridos. La contratación con Tyazhmash recién se concreta en 2019.

Para finiquitar este tema, Hidrotoapi requirió a una consultora privada que establezca un presupuesto referencial, elabore las especificaciones técnicas y el cronograma de ejecución. La empresa DUEROING fue contratada para ello y en diciembre de 2018 emitió un informe en el que fijó el presupuesto referencial en USD $124.6 millones, más IVA.

Luego de más de dos años de paralización de los trabajos, el 20 de junio 2019, el gerente general de CELEC EP, el apoderado de Tyazhmash S.A. matriz y el apoderado de Tyazhmash S.A. sucursal en Ecuador, suscribieron el contrato para la conclusión del proyecto electromecánico e hidromecánico, incluyendo la ingeniería y montaje de sistemas de telecomunicaciones y videovigilancia, entre otros, por un valor de USD$124´438.811,29 más IVA. Los trabajos iniciaron el19 de julio de 2019.

Este aumento significativo en el presupuesto para la finalización del proyecto refleja la falencia en la estimación precisa de costos en proyectos de infraestructura a gran escala.

Tyazhmash accedió a un valor contractual importante, pese a que su trabajo consistía en complementar lo que su antecesora también rusa, Inter Rao, dejó inconcluso.

El gerente de CELEC, Robert Simpson (izq) y el representante de la firma Tyazhmash, Sergei Trifonov

Tyazhmash es la empresa fabricante de los principales equipos del proyecto, de acuerdo con información del Ministerio de Energía y elaboró además los diseños básicos, de detalle, de taller y de montaje de todo el equipamiento.

Pero en la ejecución de este contrato también aparecieron dificultades, sobre todo retrasos, que llevaron a la contratista a pedir prórrogas. El argumento de Tyazhmash ha sido que, al no haber concluido las obras civiles, que estuvieron a cargo de China International Water & Electric Corp. (CWE), no podían instalarse los equipos electromecánicos.

El plazo del contrato de la compañía rusa era de 880 días, que concluían en julio de 2021, pero el 28 de ese mes y año se suscribió el primer contrato modificatorio que amplió el plazo por 371 días. Luego, el 20 de diciembre de 2022 se firmó el segundo contrato modificatorio por 464 días adicionales, plazo que concluye este 28 de marzo de 2024, que nuevamente resulta insuficiente para la empresa rusa.

Los cuestionamientos de Contraloría  

En un informe aprobado por la Contraloría General del Estado en 2022 (DNA4-0019-2022) se hizo observaciones a las etapas precontractual y contractual del equipamiento del complejo hidroeléctrico Toachi Pilatón.

En cuanto a la primera fase, el organismo de control objetó que luego de la terminación anticipada del contrato con Inter Rao, los gerentes de Hidrotoapi y los subgerentes de proyecto de esta unidad de negocio que estuvieron en funciones durante seis períodos, entre el 1 de enero de 2017 y el 9 de diciembre de 2019, no solo que no determinaron el presupuesto referencial oportunamente, sino que no administraron los bienes ingresados a Hidrotoapi hasta el reinicio de los trabajos electro e hidromecánicos porque no ordenaron que se realicen los mantenimientos a los equipos entregados por la excontratista Inter Rao.

Además, los subgerentes de proyecto y el jefe de equipamiento tampoco coordinaron, controlaron, ni planificaron las actividades de mantenimiento para los suministros entregados por Inter Rao.

Todo esto ocasionó que aumente el riesgo del deterioro de los equipos y se incremente el valor contratado al incluir otros rubros para la culminación de los trabajos electro e hidromecánicos.

En relación con la etapa contractual, la Contraloría identificó un monto total de USD$ 866.000 en multas que Tyazhmash S.A. debería pagar por infringir el contrato.

Entre los principales incumplimientos de la empresa rusa el organismo de control destaca que no implementó los sistemas de gestión ambiental, y, de seguridad y salud en el trabajo, según lo determinado por la Comunidad Andina de Naciones. A la contratista no se le exigió el desarrollo de estos sistemas y en los informes mensuales de su desempeño no constó este incumplimiento. Las consecuencias fueron: carecer de un marco referencial para gestionar los posibles riesgos y no haber multado la contratista con USD$433.000 por no aplicar los estándares internacionales en esa materia.

Pero las observaciones de la Contraloría también incluían otros aspectos. Se objetó, por ejemplo, que, para justificar la contratación directa con la empresa rusa, las autoridades de Hidrotoapi y CELEC utilizaron el acuerdo comercial Multipartes que Ecuador mantiene con la Unión Europea. De acuerdo con el organismo de control esa figura no era aplicable y ocasionó que no se de paso a otros procesos de contratación.

Los informes del departamento jurídico de Hidrotoapi, elaborados en marzo y abril de 2019, recomendaron la firma para el contrato de equipamiento del proyecto con Tyazhmash, asegurando que, tras analizar la cobertura del mencionado acuerdo comercial, el procedimiento de contratación directa era el adecuado “desde el ámbito constitucional, legal y reglamentario. (…)”. Concluyeron también que Hidrotoapi contaba con todos los requerimientos establecidos en el Acuerdo comercial Multipartes, Ley de Contratación Pública, Ley de Compras Públicas y Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, por lo que se recomendó que continúen los trámites respectivos.

Tampoco hubo objeciones por parte de la directora jurídica (e) de CELEC, en su pronunciamiento del 27 de marzo de 2019, dirigido a la gerencia de esta empresa pública.

Por lo que el gerente de CELEC EP, Robert Simpson, autorizó el inicio del procedimiento de contratación directa y, el 20 de junio de 2019 firmó, junto con el apoderado de Tyazhmash S.A. Sergei Trifonov, y el apoderado de Tyazhmash S.A. sucursal Ecuador, el contrato CELEC EP-MAT-CON-0019-19 para la conclusión del proyecto electromecánico e hidromecánico del complejo Toachi Pilatón.

Sin embargo, Tyazhmash S.A. siendo de nacionalidad rusa, no era parte de los estados miembros de la Unión Europea y menos aún del acuerdo comercial multipartes, según certificación del Ministerio de la Producción y Comercio Exterior.

Tampoco existía de por medio un acuerdo comercial entre Ecuador y la Federación de Rusia ni otro instrumento que permita a ese país acogerse a las disposiciones que rigen el convenio comercial con la Unión Europea.

La Contraloría concluyó que la aplicación de figuras de contratación pública generadas en el Acuerdo Comercial con el bloque europeo no puede extenderse a terceros países no adherentes o que no forman parte de este instrumento internacional. Y que este proceso no se ajustó a los parámetros de contratación pública, afectando el principio de legalidad.

Tyashmash no contó con el personal técnico que propuso en su oferta. Contraloría determinó que participaron 3 técnicos para los cargos de superintendente montaje y para encargado del frente turbina generador y sistemas propios de turbina, sin cumplir con los requisitos del personal técnico mínimo requerido. Esto ocurrió porque los administradores del contrato aprobaron los cambios solicitados por la contratista sin verificar el título profesional y su experiencia según lo exigido en los pliegos; “ocasionando que, no se demuestre documentadamente la competencia profesional de los técnicos para la ejecución del contrato y no se imponga la multa de USD$ 433.000 a la contratista”.

Según el contrato, si la empresa “no dispone del personal técnico principal, conforme lo establecido en su oferta, se sancionará con una multa diaria por evento, de mil dólares de los Estados unidos de América»; por lo que, TYAZHMASH S.A. no contó con el personal técnico requerido conforme los pliegos en 433 días, contados desde el inicio de la ejecución (19 de julio de 2019) hasta el corte del examen especial (31 de diciembre de 2020).

Un pago no justificado de USD$ 108.568,80 por trabajos extraordinarios fue otro hallazgo del equipo auditor. La observación es que se hicieron adecuaciones de obra civil menor sin determinar la cantidad de horas y las categorías de la mano de obra y se pagaron planillas con valores superiores a las tablas publicadas por la Contraloría. Además, se aprobaron trabajos luego de iniciada su ejecución. Por lo tanto, los costos de mano de obra para «trabajos extraordinarios” no fueron verificados ni justificados, ocasionando que, se generen pagos adicionales sin respaldo documental.

La Contraloría objeta la forma en que se aplicó el rubro de ‘Recuperación de Garantías Técnicas’ en el contrato con Tyazhmash, pues este ítem abarca a los equipos y bienes que se encuentran almacenados o instalados en el sitio donde se ejecutará el contrato. El problema es que existieron equipos que fueron fabricados, pero no pagados a la excontratista Inter Rao, por lo que no fueron propiedad del proyecto Hidroeléctrico Toachi Pilatón y aun así se les incluyó en la garantía técnica del fabricante. Es decir, se pagó tal garantía a Tyazhmash sobre equipos que no estaban instalados en la obra. A criterio de la Contraloría, esta situación ocasionó un incremento en el valor del rubro por USD$ 1´644.966,73; cifra de la cual hasta el corte del examen especial se canceló USD$ 7.753,58.

Pese a los cuestionamientos de la Contraloría a la ejecución del contrato de equipamiento electro e hidromecánico, Tyazhmash S.A. no ha terminado la instalación de los equipos y además de pedir más plazo, también pide la entrega de pagos pendientes por parte del estado.

Embajador ruso y exasambleista del correato en el lobby por Tyazhmash

La estrategia de presión para favorecer a los intereses de la compañía rusa Tyazhmash se ha desplegado al más alto nivel político y diplomático.

Uno de los lobistas de la contratista sería el exembajador de Ecuador en Rusia, y asambleísta por la Revolución Ciudadana, Patricio Chávez Zavala.

La contratista rusa reclama un total de USD$53,4 millones a CELEC EP por concepto de: costos operacionales, extensión de garantías técnicas para la central Sarapullo y extensión de garantías técnicas de la central Alluriquín. El desglose de estos costos diarios y anuales fue expuesto en una presentación que Tyazhmash hizo para las autoridades de CELEC a inicios de este año.

Componente Costo diarioCosto total
Costos operacionalesUSD $ 38,500

USD$ 32.4 millones

Extensión de garantías técnicas SarapulloUSD$ 8,400

USD$ 7.5 millones

Extensión de garantías técnicas AlluriquínUSD$ 16,000

USD$ 13.5 millones

TOTAL GENERAL

USD$ 53.4 MILLONES

También, mediante comunicación No. PHTP-TME-218 de 23 de enero de 2024, dirigida a la ministra de Energía y Minas y al gerente de CELEC EP, Tyazhmash S.A. pidió: “Una pronta atención a este tema y se formulen soluciones urgentes para evitar un escenario negativo; y lograr un acuerdo con CELEC EP en la etapa de mediación sobre el restablecimiento del equilibrio económico del contrato (…)”.

Expertos sobre el tema señalan que es clave que se realice un estudio técnico del cronograma de ejecución contractual y del cumplimiento por parte de la contratista. A ello se agrega que debe tomarse en cuenta la renuncia expresa que la contratista realizó en la cláusula sexta numeral 6.2 del contrato, que señala: “Los precios acordados en el Contrato, constituirán la única compensación al CONTRATISTA por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasas que tuviese que pagar, en cuya razón no podrá reclamar monto adicional bajo ningún concepto y a ningún título, a excepción de los trabajos y bienes extraordinarios debidamente autorizados por el Administrador del Contrato, y salvo lo previsto en el presente Contrato.”.

Además, están los incumplimientos de la contratista, identificados por la Contraloría, como pagos no justificados, multas no cobradas, etc que, según los expertos, constituyen un factor de ruptura del equilibrio económico del contrato.

Por su parte, el embajador de Rusia en Ecuador, Vladimir Sprinchan, ha señalado que se reunió con el mandatario Daniel Noboa, el 16 de febrero pasado, donde habría recibido “un pleno apoyo del presidente para que ese proyecto sea finalizado. Es importante tener que resolver esos problemas, hay voluntad política”.

En declaraciones públicas, el diplomático ha dicho  que “aparecieron dificultades con CELEC, respecto a la postergación en la finalización del trabajo civil y por eso la empresa rusa no tuvo posibilidades de instalar el equipamiento, porque Tyazhmash es responsable y cumple los trabajos hidromecánicos, no construcciones civiles; por eso el 28 de marzo termina el tiempo del contrato y hay que arreglar esos temas y pendientes económicos con CELEC, quienes no quieren negociar y quieren ir al arbitraje internacional”.

Dijo que cuando se presentaron las discrepancias con la empresa rusa Inter Rao, que fue la primera contratista para el equipamiento del proyecto, la Procuraduría General del Estado ofreció negociar para no ir al arbitraje internacional, pero ello no se concretó y CELEC perdió un gran monto de dinero en ese proceso. Por lo que cuestionó que, pese a que CELEC ya tuvo esa derrota, no quiera negociar con Tyazhmash y advirtió que, si no se soluciona ese tema antes de este 28 de marzo, es imposible terminar el trabajo de la segunda parte, que implica la estación eléctrica Alluriquín, de 204 MW.

El embajador indicó estar a la espera de que CELEC y el Ministerio de Energía propongan una opción a la contratista que, si bien es privada, en Rusia todos los proyectos internacionales están asegurados por el Gobierno.

Las intervenciones públicas del embajador sobre este tema se han dado, pese a que el artículo 307 de la Constitución determina: “Los contratos celebrados por el Estado con personas naturales o jurídicas extranjeras llevarán implícita la renuncia de éstas a toda reclamación diplomática, salvo contrataciones que correspondan al servicio diplomático”, situación que es recogida en la cláusula 27.3.7 del contrato.

Tráfico de influencias, cohecho y prevaricato para acceder a USD 4 millones

Apropiarse de activos que no les pertenece, utilizando para ello figuras constitucionales que fueron hechas para proteger derechos, fue una de las estrategias reveladas por la Fiscalía General del Estado (FGE) en el #CasoPurga. Los protagonistas de estas prácticas son el exasambleísta del PSC, Pablo Muentes Alarcón y su esposa Mónica Alvarado Bardi.

Entre 1988 y 1999 el Banco del Pacífico otorgó varios préstamos a la pareja por $314.800. La falta de cancelación de estos valores provocó que la entidad financiera inicie procesos de cobro.

En 2020, Alvarado y Muentes interpusieron una acción de habeas data en contra del banco, aseverando que habían pagado la deuda. Según los abogados de la institución financiera, los esposos alegaban que el Pacífico vulneró sus derechos mediante la incorrecta gestión de sus datos personales y financieros, lo que les causó daño físico, moral y psicológico.

Por lo que, en julio del mencionado año, mediante aquel recurso constitucional, exigieron que se corrijan los registros que, de acuerdo con ellos, contienen información errónea sobre pagos y deudas que ya habrían sido saldadas. Los demandantes solicitaban, entre otras cosas, que el banco actualice sus reportes ante la central de riesgos y elimine sus nombres de la lista de deudores.

Exasambleísta del PSC, Pablo Muentes Alarcón

Pero según las investigaciones de la Fiscalía, los cónyuges pretendieron justificar el pago con el uso de notas de crédito falsas. El propósito era que el banco reconozca la cancelación de la deuda y pague a los esposos USD 3,9 millones por daños causados.

En noviembre de 2020, el juez de la Unidad Judicial Penal Norte 2 de Guayaquil, Reinaldo Cevallos Cercado, acogió el recurso y dispuso al Banco del Pacífico, registrar los documentos de pago falsos en sus asientos contables, así como el resarcimiento económico a los supuestos afectados.

A criterio de la Fiscalía la recompensa del juez por su fallo fue su designación como Juez Provincial del Guayas. Esto pese a que no cumplía los requisitos para ejercer el cargo por haber sido destituido de su función como juez y tener sumarios administrativos abiertos.

Al momento Cevallos también está procesado en el caso Purga. Se encuentra con arresto domiciliario y debe portar grillete electrónico.

El recurso de apelación a la decisión de Cevallos, presentado por el Banco del Pacífico, recayó en la Sala provincial del Guayas integrada por los jueces, Johan Marfetan; Guillermo Valarezo; y, Víctor Vaca, quienes ratificaron la sentencia anterior.

Habeas data está en la cancha de la Corte Constitucional

El Banco del Pacífico argumenta que la sentencia en su contra a través del hábeas data es inejecutable porque es una garantía jurisdiccional que ampara el derecho al acceso y protección de datos personales, a corregir algún error sobre esta información y a aumentar o suprimir datos personales e inclusive mantenerlos en reserva.

Pero en este caso se ha desnaturalizado su uso pues, la sentencia obtenida de manera irregular por Pablo Muentes y su esposa, ha pretendido aplicar ese recurso para obtener la extinción de una obligación crediticia y el pago de daños y perjuicios.

En este caso se aplicó un hábeas data correctivo, pues los cónyuges reclamaban que la información que reposa en el Banco del Pacífico en dos juicios coactivos era incorrecta debido a que ya no existían las deudas que se les imputaba.

Pero el habeas data solo procedía si ya hubiera existido una sentencia previa de la justicia ordinaria que determine que las obligaciones de crédito ya fueron pagadas. Es decir, la extinción o no de la deuda debió resolverse mediante un juicio civil. La defensa del Pacífico cuestiona que tal principio fue inobservado en este caso y aseguran que “los distintos jueces que conocieron de la acción de hábeas data desnaturalizaron dicha garantía jurisdiccional y determinaron -cuan jueces civiles- que la deuda fue extinta y que los juicios coactivos debían ser archivados, cuando aquello no corresponde al objeto del hábeas data”.

“Pretenden meterle la mano al bolsillo de los ecuatorianos”

El Banco del Pacífico ha presentado una acción de inejecución del habeas data, ante las maniobras que, según el abogado de la institución financiera, Germánico Maya, se han ejecutado para intentar meter la mano al bolsillo de los ecuatorianos.

Durante una entrevista con Mil Hojas, Maya explicó que este 5 de marzo, el Banco solicitó al juez Ubaldo Eladio Macías Quinton, de la Unidad Judicial Penal Norte en Guayaquil, que en el término de cinco días envíe el expediente del caso (No. 09286-2020-01635) a la Corte Constitucional para que esta declare que no es factible el cumplimiento del habeas data y el Pacífico consiga dos objetivos: “quedar liberado de la obligación de pagar la millonaria indemnización, en la que deben haber sido partícipes todos quienes ahora están presos, y pueda continuar con la ejecución del proceso coactiva en contra de Muentes y su esposa”.

La defensa legal del Pacífico ha pedido además que se declare la desnaturalización de la acción de hábeas data y el error inexcusable de los jueces que conocieron del caso.

Maya aseguró que con el abuso del derecho que hacían los imputados en el caso Purga en Guayaquil y en Quito, a quienes calificó como una gavilla de pícaros, se pretendía maniobrar cortes, y poner y quitar jueces en víspera de las audiencias. En el caso del Pacífico se intentaba perjudicar al Estado ecuatoriano porque el capital de esta institución le pertenece a la Corporación Financiera Nacional. Entonces el no pagar créditos y convertirse en beneficiarios de USD 4 millones, era básicamente “meter la mano al bolsillo a los ecuatorianos, lo que es criticable y ahí nos damos cuenta que los ciudadanos estamos en la indefensión”.

Maya recuerda que la Corte Constitucional en reiterados fallos ya ha proclamado que aquel afectado con un recurso como el habeas data puede solicitar la inejecución de un fallo como el dictado en este caso. La expectativa es que este juez a quien le tocó tramitar la causa, ahora en ausencia del juez Cevallos, responda dentro del período establecido.

El abogado del Pacífico enfatiza que, si en cinco días Macías no despacha el caso, la defensa legal de la institución financiera puede acudir directamente a la Corte Constitucional pidiéndole que avoque conocimiento ante la eventual rebeldía del juez.

Ubaldo Macías ordenó el embargo de varias propiedades del Banco por USD 40 millones como una medida para forzar el pago de la indemnización que ordenó el juez Cevallos. El Banco se ha opuesto, solicitando la revocatoria de tales medidas.

Maya estima que ante esta situación en la que se ha intentado atracar fondos que le pertenecen al Estado ecuatoriano, la Corte Constitucional actuará de manera expedita.

Pese al complejo momento que atraviesa la justicia ecuatoriana debido a la escasez de jueces que despachen las causas represadas, a lo que se suma la crisis en la Corte Provincial de Guayas, producto del caso Purga, Maya confía en que el tema del Banco del Pacífico tenga la atención correspondiente.

El abogado dijo también que el banco no tiene intención de plantear una demanda penal, ya que la Fiscalía General está al tanto del caso y ha tomado cartas en el asunto.

Otros alfiles de Muentes en los juzgados

El Banco del Pacífico también interpuso un juicio de falsedad de instrumento privado por las notas de crédito irregulares presentadas por Mónica Alvarado y Pablo Muentes Alarcón. La demanda recayó en la jueza Silvia Orozco, quien decidió rechazarla.

La institución financiera apeló tal resolución, pero la influencia de Muentes reapareció en esta instancia. El tribunal provincial, conformado por Alfonso Ordeñana; Nelson Mecías Ponce Murillo; y Lino Tumbaco Ramos Alberto, rechazó el recurso presentado por el Pacífico y ratificó la decisión de la jueza, con el voto de los dos últimos jueces. 

La Fiscalía señala que, en primera instancia, el juez ponente fue Ulises Torres, “quien no habría aceptado colaborar en las pretensiones del miembro de la cúpula criminal.” Es por ello por lo que Muentes solicitó a la expresidenta de la Corte de Justicia del Guayas, Fabiola Gallardo, y a Mercedes Villarreal Vera, entonces directora provincial del Consejo de la Judicatura de Guayas, que el juez Torres sea cambiado de sala de la Corte Provincial de Guayas. Se hizo la voluntad de Muentes y se designó como reemplazo a Lino Ramos.

En sus alegatos, la Fiscalía General afirma que, de esa forma, Muentes, a quien califica como “líder del grupo criminal”, cometió los delitos de tráfico de influencias, cohecho y prevaricato para obtener un beneficio económico de alrededor de $3.9 millones, “manipulando a su antojo la justicia con la colaboración de funcionarios judiciales de la provincia del Guayas”.

Apropiación ilegal de tierras

El caso del Banco del Pacífico no es el único, a decir de la Fiscalía, pues la misma modalidad se replicó en otros escenarios, como en la apropiación ilegítima de tierras, donde el factor común, a más de su “modalidad delictiva” es la familia Muentes Alarcón.

En esta ocasión, fue Fausto Alarcón Gómez, primo de Pablo Muentes, quien acudió a la figura de un habeas data con el objetivo de apropiarse de varias hectáreas de terrenos que no le pertenecían de forma legal. 

El terreno en disputa, ubicado en el cantón Durán de la provincia del Guayas, le perteneció originalmente a la familia Ramírez Nieto. El último propietario registrado es la compañía ROYAL TECNOLOGY.

Sin mayores explicaciones, apareció una nueva ficha registral (N° 31) con el mismo código catastral del predio antes mencionado. Este documento se encontraba a nombre del primo de Pablo Muentes, sin que éste conste en el historial de compraventa del código catastral, es decir, no había el soporte documental que legitime la transacción. Aun así, la jueza de la Unidad Judicial Penal con sede en el cantón Durán, Andrea Patiño, ordenó la anulación de la ficha registral N° 401 que sí contaba con el historial de transacciones del terreno y en su lugar decidió legitimar la ficha N° 31 y eliminar toda la información catastral generada dentro de la ficha legítima (401), señala la Fiscalía.

De esta forma, Fausto Alarcón Gómez obtuvo una propiedad cuyo avalúo catastral oscila entre los USD 200 mil, pese a que su actividad laboral se centra en la venta de sánduches de cerdo, en “El Sanduchón”, en Guayaquil cuyas ganancias no le permitirían adquirir un inmueble de estas características, según la Fiscalía.

Esto “evidencia que no solo las famosas desnaturalizaciones de los habeas corpus han servido como herramienta para la delincuencia organizada, sino que también se valían de habeas datas para apropiarse de bienes que legítimamente no les pertenecían”, indicó la fiscal Diana Salazar. “Todo ello, gracias al control que el grupo criminal mantenía en la administración de justicia de la provincia del Guayas”, acotó.

Narcotráfico

En agosto de 2023, el narcotraficante Adolfo Macías, alias “Fito”, fue trasladado desde la cárcel regional de Guayaquil a la de máxima seguridad “La Roca”. Fito presentó un recurso de apelación por este cambio ante el juez de garantías penitenciarias, Diego Poma, el mismo que aceptó la pretensión y dispuso que el narco regrese a la cárcel regional. El SNAI apeló la decisión. El conocimiento de ese recurso recayó en la Sala de lo Penal de la Corte Provincial del Guayas, integrada por los jueces Fabiola Gallardo, Henry Moran Morán y Reinaldo Cevallos Cercado. Este último resolvió el habeas data del Banco del Pacífico para beneficiar a Muentes con casi USD 4 millones.

“Al tener bajo su control la decisión de retornar a un máximo líder de un grupo narco delictivo al centro de rehabilitación social que controlaba, la jueza Fabiola Gallardo habría emprendido gestiones para contactar a Fito, a través de su abogado Ronald Cantos Sacón, con obvias razones de procurar un beneficio a cambio de su decisión”, ha señaló la fiscal general.

La audiencia de apelación para resolver la situación penitenciaria de Fito fue convocada para el 20 de diciembre de 2023. En esos días la Fiscalía hizo público el #CasoMetástasis, donde Mayra Salazar, relacionada también con el narcotraficante Leandro Norero, fue detenida. La Fiscalía señala que por este motivo la diligencia no se instaló y que Gallardo intentó excusarse con la finalidad de “deslindarse de estos hechos y buscar su impunidad”.

La Fiscalía también destaca los nexos de Mayra Salazar con el sentenciado Daniel Salcedo, a quien daba cuenta de los arreglos en los sorteos de las causas judiciales por medio del exvocal del Consejo de la Judicatura, Xavier Muñoz.   

El Cuerpo de Ingenieros del Ejército

En 2022, el Cuerpo de Ingenieros del Ejército presentó una demanda de acción de protección con medida cautelar en contra de la Empresa Pública Metropolitana de Movilidad y Obras Públicas de Quito; de por medio estaban alrededor de USD 30 millones provenientes de un contrato de repavimentación, suscrito por ambas entidades.

En primera instancia, la jueza Larissa Ibarra, de la Unidad Judicial Multicompetente de Samborondón, declara sin lugar la acción constitucional presentada por el Cuerpo de Ingenieros, que enseguida fue apelada.

Posteriormente, los jueces provinciales Fabiola Gallardo, Guillermo Valarezo y Henry Robert Taylor Terán, revocaron la sentencia de primera instancia y aceptaron la acción de protección.

“Decisión que se emitió a cambio de un beneficio material para el Grupo de Delincuencia Organizada: la remodelación del piso del Salón de la Presidencia de la Corte Provincial del Guayas”, asegura la Fiscalía.

Mayra Salazar fue la encargada de seleccionar el piso para la remodelación, cuya compra e instalación fue pagada por el Cuerpo de Ingenieros del Ejército.

De esto hay fotos y transferencia, señaló la fiscal Diana Salazar, quien explicó que Ruth Solano, procuradora Judicial del Cuerpo de Ingenieros del Ejército, hizo una transferencia por USD 1.400 que serían destinados al pago de la mano de obra.

“Una entidad pública favoreciendo a un grupo de delincuencia organizada dentro de la administración de justicia del Guayas”, enfatizó Salazar.

Control de la Función Judicial

La Fiscalía en sus alegatos señala que el control del “grupo criminal”, con Pablo Muentes a la cabeza, no se limitaba a manipular decisiones judiciales, sino que también se extendía al ámbito administrativo de la justicia del Guayas.

“El poder político representado a través de Pablo Muentes procuraba mantener a los miembros del Grupo de Delincuencia Organizada inmunes a sanciones administrativas garantizando de esta forma el control de la función judicial”, detalla la fiscal general.

Así sucedió con la propia presidenta de la Corte Provincial de Justicia, Fabiola Gallardo. Con la colaboración de la directora Provincial del Consejo de la Judicatura del Guayas, Mercedes Villareal Vera, y su asesor, Saúl Mero, se habrían archivado dos de los cuatro sumarios administrativos activos en 2023, para no afectar a Gallardo en el desempeño de sus funciones.

Las evidencias de Fiscalía señalan que el grupo incluso buscaba controlar la siguiente administración de la Corte Provincial del Guayas, a través del apoyo a uno de los posibles sucesores de Fabiola Gallardo: el juez Hugo González Alarcón, a quien Pablo Muentes, Mercedes Villareal y Saúl Mero, ayudaron a gestionar la implementación del timbre electrónico para todos los jueces de la Corte Provincial del Guayas; todo esto como cumplimiento de una oferta de campaña del mencionado juez.

“Contribución que desembocó en la elección del juez Hugo González Alarcón como nuevo presidente de la Corte Provincial del Guayas”, dice la Fiscalía.

“Esta estructura organizada continúa utilizando a la justicia como una herramienta de beneficio privado y no solo para sus intereses, sino también para los del narcotráfico”, ha dicho Diana Salazar.

Con estos elementos, la fiscal general pidió al juez Javier de la Cadena, prisión preventiva para 12 personas. El magistrado dictó prisión preventiva contra nueve, medidas alternativas para otras dos y arresto domiciliario para el juez Reinaldo Cevallos.

‘Fito’, El narco abogado que torció a la justicia y hasta interrogó a autoridades para no regresar a ‘La Roca’

El pasado 28 de febrero se cumplieron 50 días, desde que se confirmó que José Adolfo Macías Villamar o alias ‘Fito’, cabecilla de la banda narcodelictiva ‘Los Choneros’, huyó de la cárcel de mediana seguridad Regional Guayas, desde donde controlaba y dirigía sus operaciones de narcotráfico, extorsión, secuestros y asesinatos.

¿Cuándo fugó? ¿Cómo? ¿Quién o quiénes le facilitaron su salida? Son solo algunas de las muchas interrogantes que se han tejido alrededor de este caso que involucra no solo a guardias penitenciarios que hoy están investigados, sino también a autoridades del Servicio de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de Libertad (SNAI) que permitieron a este narco, armar su propio bunker en el Centro de Rehabilitación Guayas N.4, con ‘absoluta’ libertad y privilegios.

La fuga de Fito, de 43 años, tiene muchas teorías, pero ninguna ha sido confirmada por el gobierno de Daniel Noboa Azín, quien ha tratado de minimizar el poder de este capo: “No es el más grande. Hay varios capos… esta no es una situación como el Pablo Escobar o como el Chapo Guzmán”, ha dicho. Aunque sí lo ha calificado como a un “criminal de alta peligrosidad”.

El prontuario de Fito es amplio con una veintena de procesos en su contra por delincuencia organizada, narcotráfico, asesinato, extorsión y porte de armas. Dos sentencias por asesinato del preso José Luis Arroyo Quiñonez, alias ‘El Negro’, en enero del 2012, y de Jacinto Manuel Mendoza Farías, en diciembre de 2016, aún están vigentes. Pero otras cuatro sentencias por robo, delincuencia organizada y porte ilegal de armas de fuego fueron extinguidas el 16 de marzo de 2023 por el juez de la Unidad de Garantías Penales de Guayaquil, Diego Poma Chamba.

Con esta decisión el juez Poma Chamba abrió una puerta que le permitió a Fito allanar el camino a su prelibertad. El capo solicitó la unificación o acumulación de penas, precisamente uno de los requisitos para obtener el mencionado beneficio.

Poma Chamba es el mismo juez que ya el 18 de octubre del 2021 emitió una resolución judicial para “prohibir” que Macías Villamar sea trasladado a otro centro de rehabilitación social. Incluso estableció sanciones para quienes contraríen esta disposición. “En caso de incumplir con el mandato judicial se procederá a establecer cualquier mecanismo coercitivo de multas progresivas a los funcionarios titulares, además de ordenar la investigación a la Fiscalía por el delito tipificado en el Art. 282 del COIP (Código Orgánico Integral Penal); para precautelar la vida del privado de libertad, deberá informarse cualquier decisión del SNAI al suscrito para el control de legalidad”, reza la resolución judicial de Poma Chamba del 2021.”

El mismo juez, fue el que ordenó también el 8 de septiembre de 2023, en una audiencia de apelación, que Fito “regrese” a la cárcel Regional porque su traslado a La Roca -dispuesto por el Gobierno de Guillermo Lasso como una medida de seguridad para los ciudadanos y los detenidos-, “fue ilegal”.

En La Roca, Fito permaneció apenas 26 días, y en el último se registró un incidente con un dron con explosivos, el que la Policía logró que estalle de forma controlada en el techo de esta cárcel de máxima seguridad. Ese mismo día, el 12 de septiembre, Fito regresó a su celda de siempre, la de privilegios en la Regional.

De acuerdo con la transcripción de la  audiencia del 8 de septiembre a la que tuvo acceso MilHojas, fueron convocados, Juan Francisco Piedra, director del Centro de Privación de Libertad Masculino – Guayas N3 (La Roca) y su delegado Diego Reyes Mantuano; Pablo Yépez Buchelly, director del Centro de Rehabilitación Guayas N.4 (Regional) y su delegada Alison Romero; José David Zaritama Luzuriaga, en representación de la dirección del SNAI; Andrea Proaño, delegada de la Dirección Jurídica del SNAI; y, Francisco Zambrano Campusano, presidente del Comité de Derechos Humanos y Sindicales (CEDHUS).

También asistieron un médico del Ministerio de Salud Pública, una sicóloga, el capo José Adolfo Macías y su abogado Carlos Salazar Palacio.

¿Las autoridades en el banquillo?

Como si los papeles se hubieran invertido, parecía que los funcionarios penitenciarios respondían desde un banquillo de acusados.

La intervención de Fito en la audiencia se volvió un interrogatorio a las autoridades de los centros penitenciarios y del SNAI que estaban conectadas telemáticamente.

-JAM ¿Quiero hacerle una pregunta a la abogada del CRS N° 4, (Alison Romero) ella habla de que el traslado mío es por un dron?

-Señor juez, señor Macías Villamar, yo no he expuesto que el ataque que consta en el memo suscrito (para el traslado) haya sido dirigido a usted, solo leí el informe, en ningún momento se ha manifestado que usted haya sido objeto o que haya iniciado el incidente contra el CRS N° 4 que fue de conocimiento público.

-JAM ¿Le pregunto a la abogada Andrea Proaño, usted dijo que yo soy una amenaza para la población, por qué fundamenta eso? ¿Por qué soy un peligro?

-El traslado administrativo se ha realizado con una finalidad de garantizar la seguridad del centro penitenciario, tanto para usted como el resto de la población, no porque usted ha representado una amenaza a la población penitenciaria.

-JAM Yo aprendí que, en el ejercicio de la abogacía, hay que tener lealtad procesal, ética y profesional, no hay que acusar a las personas sin pruebas, pero soy una persona que me he rehabilitado. Supuestamente me han trasladado por seguridad y por ello quiero preguntarle al capitán Yépez, ¿En el Centro de Rehabilitación Guayas N° 4 he tenido problemas, motines, quiero que me diga cuál ha sido mi conducta?, porque yo no he dado ningún motivo para que traten de esa forma, mis estudios me han costado esfuerzo y sacrificio, estoy en una profesión que pueda ejercer.

-Tal como consta en los documentos del Centro de Rehabilitación que esta autoridad ha remitido y que consta en sus archivos, el PPL no registra ningún acto disciplinario que sea catalogado como grave o gravísimas, doy fe que el comportamiento de la persona privada de libertad ha sido ejemplar, es ese sentido conforme reposa en los archivos del Centro.

-JAM Le pregunto al director Pablo Yépez ¿si los traslados deben ser motivados y autorizados por el director del Centro de Rehabilitación, conforme el Art. 134 del reglamento de Rehabilitación Social, quiero saber si usted supo de mi traslado?

-Tal como ha sido manifestado en los informes de traslado, estos fueron generados por el SNAI. En mi calidad de máxima autoridad del Centro, no he dirigido, ni gestionado un informe para solicitar el traslado. Fui notificado por la máxima autoridad del SNAI, mediante un documento, este traslado fue realizado el fin de semana, avoqué conocimiento el lunes e inmediatamente se hicieron los documentos de notificación sobre este hecho.

-JAM Le pregunto al señor coronel Juan Piedra del CRS N° 3, ¿desde que llegué a ese Centro, me dieron la oportunidad de rehabilitarme?

-Como se ha mencionado, el CRS es restrictivo como lo establece la resolución N° 040, no permite la rehabilitación. En tiempo oportuno hemos solicitado al SNAI Quito para poder ver si se permite se autorice las actividades de usted, sin tener hasta la fecha respuesta.

-JAM Señor juez, solicito se ratifique la prohibición del traslado del 2021, en razón que mi situación de vulnerabilidad no ha variado, me encuentro en una cárcel de castigo, no de rehabilitación, sin haber cometido ningún delito, sin haber faltado a la autoridad. El director ha manifestado que no he tenido partes de indisciplina, o faltas de conducta… me ha costado esfuerzo, paciencia, dedicación y lucha por la rehabilitación… La sociedad juzga porque desconoce mi historial judicial, la prensa se permite desinformar, he retrocedido once años atrás al encontrarme en La Roca sin haber cometido ninguna falta… no debía ser trasladado sin tomar en cuenta la resolución del 2021. En este lugar no se me da facilidad para conectarme a mis clases de maestría, no han dado prioridad, me trasladaron a un calabozo donde no había baño, un baño tapado porque lo estaban reconstruyendo. Necesito se proteja mi vida, mi integridad, mi rehabilitación… Solicito que se conmine al SNAI para que respete la resolución de octubre del 2021 y se me devuelva al CRS N° 4 donde me encontraba… estoy cursando el cuarto nivel de estudios, en usted está la decisión y mi futuro señor juez”…

-Juez Poma: ¿Por qué presume que lo han trasladado?

-JMA: Por hacer las cosas bien señor juez. No he matado, no he secuestrado a nadie. A mí me trasladaron por hacer las cosas bien.

Fito 1

¿Qué entregó el SNAI en la audiencia?

Durante la audiencia telemática, el juez Poma Chamba pidió al SNAI los informes que justifiquen el traslado de su defendido citando el artículo 668.2 del COIP (Código Orgánico Integral Penal) y los establecidos en el Art. 9 del Reglamento de organización y funcionamiento de los centros de rehabilitación social para la población privada de libertad con necesidades de protección por seguridad.

Los funcionarios del SNAI respondieron que no los tienen, pero expusieron “de forma oral”, las disposiciones en las que se basaron para trasladar al reo de una cárcel a otra.

Sobre si existe un informe previo del equipo técnico de información y diagnóstico “motivados”, la respuesta fue que esos documentos están en el expediente del caso de apelación.

Poma exigió también los informes del Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria y los partes de seguridad penitenciaria “que determinen la presunta participación (de Fito) en actividades delictivas, motines, graves alteraciones al orden con firmas de responsabilidad”. La respuesta fue que no existen.

Los delegados del SNAI presentaron la orden del traslado de Macías Villamar (memorando N° SNAI-STPSP-2023-3222-M del 12 de agosto de 2023) y el comunicado al director de la cárcel Regional para el traslado del preso (memorando N°SNAI-CPLRG-2023-0033-D del 14 de agosto de 2023). También el oficio del 23 de agosto de 2023, en el que el director de La Roca da a conocer el ingreso de Macías Villamar.

En la resolución final de Poma concluye que en lo entregado por el SNAI “no hay información relevante” que justifique el cambio de cárcel de Fito y tampoco demostró la necesidad del traslado como medida de seguridad del privado de libertad.

Tras está ‘maniobra legal’, José Adolfo Macías Villamar, regresó a la cárcel Regional el 12 de septiembre y el juez Poma en su resolución “prohibió” que Fito retorne a su ex celda “debiéndole asignar otra sin privilegio alguno”, que se garantice el acceso a medicinas por su hipertensión arterial y para que continúe sus estudios en la Universidad de Milagro, en la que cursaba una maestría, en octavo módulo.

Fito se graduó de abogado, en la cárcel, y según la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (Senecyt), obtuvo su título en la Universidad Técnica Particular de Loja. Está registrado el 5 de julio del 2023 con el número 1031-2023-2698027.

Pero Fito sí regresó a su antigua celda, donde una vez que desapareció y la fuerza militar entró al centro carcelario para un barrido de búsqueda confirmó que el narco estuvo ahí, en donde no solo planificó su escape, sino también gozaba de un sinnúmero de comodidades permitidas por las autoridades. Contaba con televisión, internet, alcohol, una cómoda cama tamaño Queen, una mini nevera y hasta un lugar con césped para su uso personal.

Meses atrás, también grabó un ‘narcocorrido’ que evoca su vida con imágenes del interior de la cárcel Regional y hasta un vídeo rodeado de custodios armados en el que ofreció entregar el armamento que las bandas delictivas poseen en las cárceles del país como un paso previo a la “pacificación”.

Nunca estuvo claro ¿por qué Fito pudo permanecer en una prisión de seguridad media en lugar de estar en un centro penitenciario de máxima seguridad, como La Roca?