El juez Jorge Blum, de la Sala de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia, solicitó autorización a la Asamblea para retomar el proceso penal que se sigue en contra del depuesto asambleísta Cléver Jiménez por el supuesto hackeo del correo electrónico de la Presidencia de la República.
En un nuevo intento por enjuiciar a Jiménez, este 28 de julio se emitió la providencia 1879-2013 en la que se reanuda la persecución en contra del exlegislador, en opinión de su abogado, Julio César Sarango.
Blum, en su pedido a la legislatura, incorpora también el texto de una resolución de la Corte Nacional donde se revelan las inconsistencias que han marcado este proceso desde hace dos años y medio, cuando se inició la primera indagación fiscal en contra del exparlamentario.
Imagen: Cléver Jiménez, antes de haber sido depuesto en su cargo, por la mayoría legislativa afín al presidente Rafael Correa.
Las observaciones que hace la Corte en este caso sientan un precedente para identificar las ilegalidades cometidas en el juicio que Rafael Correa impulsó por injurias calumniosas, y por el cual fueron sentenciados Jiménez y su exasesor Fernando Villavicencio a 18 meses de cárcel, sin haberse levantado la inmunidad parlamentaria al exasambleísta.
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El mes pasado, Galo Chiriboga, Fiscal General del Estado, pidió a la Corte Nacional de Justicia (CNJ) formular cargos en contra de Jiménez, esta vez por el supuesto delito de espionaje por el hackeo de la cuenta de correo electrónico del Procurador General, Diego García, cuando este envió un mensaje, el 22 de agosto de 2013, al secretario jurídico de la Presidencia de la República, Alexis Mera, sobre el tema Chevron.
Para dar paso a las solicitudes presentadas por Chiriboga, primero la Corte resolvió un conflicto de competencia entre Gladys Terán Sierra y Jorge Blum Carcelén, jueces nacionales de la Sala de lo Penal.
En su resolución Nº 00-2016 la CNJ señala que “en los casos penales seguidos contra personas sujetas a fuero de Corte Nacional, es un solo juzgador, determinado por sorteo, al que le corresponde conocer de la fase pre-procesal de investigación previa, así como de las etapas procesales de instrucción fiscal e intermedia (ahora llamadas de evaluación y preparatoria de juicio)”.
Por lo tanto, determinó que el juez que conoció primero las distintas indagaciones previas iniciadas en el proceso y que “autorizó el acto urgente de allanamiento de los inmuebles pertenecientes a Cléver Jiménez y a Fernando Villavicencio, con fecha 18 de diciembre del 2013, fue Jorge Blum Carcelén”.
En su resolución, la CNJ observa también que todas las actuaciones realizadas dentro de las indagaciones previas 101-2013 y 49-2014 iniciadas en contra de Jiménez, así como en los expedientes de Corte Nacional de Justicia 1879-2013, 626-2016 y 778-2016, parten de un mismo hecho: el supuesto hackeo. Es decir, en el proceso de investigación no se podía determinar el delito cometido.
Al asumir la competencia del caso, el juez Blum acoge las solicitudes del fiscal Chiriboga de formular cargos contra Jiménez, “quien a la fecha de los hechos se desempeñaba en calidad de Asambleísta por la Provincia de Zamora Chinchipe”. Pero previo a ello debe pedir autorización al pleno de la Asamblea Nacional.
Al levantar la inmunidad parlamentaria se pretende dar legalidad al proceso penal que se reactiva, cuando lo que debieron hacer los jueces es inhibirse de conocer la causa, pues el exasambleísta estaba facultado a hacer las investigaciones por las que se le quiere procesar penalmente…
En la providencia del juez Blum y en la resolución de la Corte hay varias aristas. En opinión del abogado de Jiménez, al levantar la inmunidad parlamentaria a su defendido se pretende dar legalidad al proceso penal que se reactiva, cuando lo que debieron hacer los jueces es inhibirse de conocer la causa, pues el exasambleísta estaba facultado a hacer las investigaciones por las que se le quiere procesar penalmente.
Sarango advierte que el pedido de autorización que se hace a la Asamblea es muy grave porque se trata de coartar nuevamente los derechos de Jiménez.
Esto se da también en el contexto del anuncio público, hecho el pasado 18 de julio por el exlegislador, de su precandidatura a la Presidencia de la República dentro de las elecciones primarias al interior del movimiento Pachakutik.
Si se levanta la inmunidad de Jiménez y la Corte formula cargos en su contra, Sarango no descarta otro pedido de medidas cautelares a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Pero también agrega que el reconocimiento de los jueces (de que primero debe levantarse la inmunidad del exasambleísta) para retomar un juicio penal tiene plena coincidencia con las razones que sostuvieron el dictamen de medidas cautelares que ya emitió la CIDH para que no se ejecute la sentencia de otro juicio que ordenaba la prisión de Jiménez por injurias calumniosas tras la sublevación policial del 30 de septiembre de 2010.
En ese proceso, la jueza que emitió la sentencia, Lucy Blacio, violó la ley al no pedir el levantamiento de la inmunidad parlamentaria de Jiménez, por lo que la funcionaria podría enfrentar un proceso legal.
En mayo del 2014 asambleístas de CREO ya presentaron una denuncia en contra de Blacio, ante la Fiscalía General del Estado, por arrogación de funciones al no haber solicitado autorización a la legislatura antes de admitir la denuncia de Correa.
Imagen: La jueza Lucy Blacio decició abrir el juicio contra Cléver Jiménez, cuando aún era asambleísta, sin pedir autorización para levatare su inmunidad parlamentaria.
Pero aún hay más tela que cortar en la resolución Nº 00-2016 de la Corte Nacional, pues en esta no solo se demuestra la fragmentación de las investigaciones iniciadas por el supuesto hackeo, sino el grado de influencia política que rodeó al caso, pues la Corte responsabiliza a la Fiscalía de haber solicitado erróneamente el acto urgente de allanamiento de la oficina de Cléver Jiménez y del departamento de su ex asesor Fernando Villavicencio.
A menos de un mes de abierta la indagación previa 101_2013 en contra de los mencionados, Villavicencio recuerda cómo surgió el denominado acto urgente por el que se allanó su casa, el 26 de diciembre del 2013. Fue pedido por Rafael Correa y el secretario jurídico de la presidencia, Alexis Mera, bajo la acusación de espionaje, asegura.
Un elemento que a su criterio invalida el proceso es que se allana primero el departamento #42 y al no encontrar a nadie en el lugar, la policía investiga en el mismo conjunto habitacional y allana el departamento #18 en forma ilegal, según Villavicencio, pues se debió suspender la operación y pedir al juez una nueva orden de allanamiento, enmendando el dato equivocado del número de departamento. Eso no se hizo y por eso nunca se entregó a Villavicencio la orden de allanamiento.
En su resolución la Corte califica de errada la incorporación de los resultados del acto urgente a una nueva indagación previa abierta # 49-2014, el 7 de julio del 2014 porque ya constaba la indagación 101_2013 del 11 de noviembre del 2013. Y considera que ha habido un desperdigamiento de las actuaciones investigativas por parte de la Fiscalía, pues ya se había iniciado una en el 2013 y otra mas al año siguiente por el mismo hecho.
La resolución de la Corte da la competencia del caso a Jorge Blum, con lo que abre el camino para que este pida el levantamiento de la inmunidad de Jiménez…
Lo contradictorio de la resolución de la Corte es que si bien hace todas las observaciones mencionadas al mismo tiempo señala que esto no afecta su decisión de acumular los expedientes desperdigados en uno solo y da la competencia del caso a Jorge Blum, con lo que abre el camino para que este pida el levantamiento de la inmunidad de Jiménez.
Villavicencio puntualiza que en derecho los actos son legales o ilegales no erróneos y agrega que la indagación del 2014 se inició por el delito de difusión de documentos privados que es una figura distinta al espionaje por el que se abre la primera indagación.
El proceso parece estar plagado de “errores”, pues cuando Chiriboga pide a la Corte que fije día y hora para formalizar cargos en contra de Jiménez y Villavicencio, la jueza Gladys Terán informa que el expediente del allanamiento no está en la Corte y pide al Fiscal que le envíe toda la documentación del caso.
Si con todos estos antecedentes, la Corte pide que se levante la inmunidad parlamentaria de un legislador que fue ya destituido, Villavicencio asegura que eso significaría que el juicio anterior por injurias, seguido tras los hechos del 30S, es nulo.
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